Dependiente del Departamento Judicial Junín: El Senado y la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionaron la ley 14.616 que dispuso la creación de un Juzgado de Familia en el Departamento Judicial Junín con sede en Lincoln y competencia territorial sobre los partidos de Lincoln, Ameghino, General Pinto y Leandro N. Alem.
El 10 de junio de 2019 la gobernadora en ejercicio, María Eugenia Vidal, firmó el decreto con la designación para cubrir una vacante como Juez de Familia en el distrito de Lincoln, destinando al Dr. Ignacio Tomás Valle, proveniente del Juzgado de Familia N° 3 de San Martin, como titular del órgano linqueño.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispuso el nuevo edificio ubicado en Av. Massey 1499 esquina Lavalle de nuestra ciudad, para que allí funcione la nueva dependencia judicial y fijó para el 14 de febrero de 2022 como fecha de efectivo funcionamiento del Juzgado de Familia Nº 1 del Departamento Judicial Junín sede Lincoln.
Más allá de la conformación que el juez Tomás Valle disponga para Lincoln, pudimos saber que los Juzgados de Familia están integrados por un Juez de Primera Instancia, y que cada Juzgado cuenta con un "Consejero de Familia", el cual ya tendría designación en una abogada linqueña, aunque preferimos esperar el anuncio oficial, para dar a conocer su nombre.
También funcionará un Equipo Técnico Auxiliar, que ya tendría nombres propios linqueños, que asistirá interdisciplinariamente y colaborará con el Juez y el Consejero en las tareas y funciones que éstos les asignen y con la dotación de personal que fije la Suprema Corte de Justicia, quien deberá proveer la capacitación permanente del mismo.
Este Equipo Técnico Auxiliar tendría asiento en el Juzgado de Familia de Lincoln, y estaría integrado por un médico psiquiatra, un psicólogo y un trabajador social, aunque la Suprema Corte de Justicia bonaerense podrá proponer la creación de nuevos cargos a fin de conformar los equipos técnicos auxiliares, en concordancia al índice de litigiosidad que posea Lincoln y los distritos mencionados.
Competencia El Juzgado de Familia linqueño, tendrá competencia en todas las cuestiones del Derecho Civil que tengan relación a la familia como divorcios, tenencia, alimento, y desde el año 2001 también a todo lo que atañe a Violencia de Género, ampliando enormemente el abanico de causas. En Lincoln ya existe el Juzgado de Paz, que también tiene competencia en muchas de estas cuestiones judiciales como pueden ser divorcios de mutuo acuerdo, tenencia de hijos, etc. en lo que se llama «Competencia Concurrente», que significa que cualquiera de los dos Juzgados, el de Paz y el de Familia tienen competencia, aunque es de prever que todos aquellos casos que lleva el Juzgado de Paz, cuya titular es la Dra. Daniela Martín, pasarán a la órbita del nuevo Juzgado de Familia al mando del Juez de 1° Instancia Tomás Valle y todo su equipo interdisciplinario.
Los Juzgados de Familia son competentes para entender en materia civil en las causas: • Separación personal y divorcio.
• Inexistencia y nulidad del matrimonio.
• Disolución de la sociedad conyugal.
• Lo atinente a la problemática que origina la inseminación artificial de seres humanos.
• Suspensión, privación y restitución de la patria potestad. • Designación, suspensión y remoción de tutor.
• Tenencia y régimen de visitas.
• Adopción.
• Autorización para contraer matrimonio.
• Emancipación de menores.
• Autorización para disponer, gravar y adquirir bienes de menores.
• Alimentos.
• Declaración de incapacidad.
• Guarda de personas.
• Cuestiones referentes a inscripción de nacimientos, nombres, estado civil, sus registraciones.
• Toda cuestión que se suscite con posterioridad al deceso de un ser humano sobre disponibilidad de su cuerpo o alguno de sus órganos.
• Todo asunto relativo a la protección de las personas.
• Llevar el Registro Centralizado de Pretensos Adoptantes.
• Protección contra la violencia familiar, en lo que no fuere competencia de los jueces en lo penal.
• Cuestiones personales y/o patrimoniales entre personas no casadas que tengan hijos en común.
• Todo otro asunto relacionado con el derecho de Familia.
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